Telefónica deberá pagar 750.000 € de multa por las subidas, presuntamente injustificadas, de su Movistar Fusión

Fachada de una sede de Telefónica.
Fachada de una sede de Telefónica.
EP
Fachada de una sede de Telefónica.

Telefónica deberá pagar 750.000 euros, de los 870.000 impuestos por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en el año 2016, por diferentes infracciones en materia de consumo, de acuerdo con una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ya es firme. La sanción se conoce cuando la empresa se dispone a subir de nuevo el precio de sus paquetes Movistar Fusión.

La actuación de la Junta se inició en el año 2015, a raíz de las reclamaciones registradas por la subida, presuntamente injustificada, de precios en el servicio denominado Movistar Fusión, según ha informado la Administración regional en un comunicado.

Con motivo de esta irregularidad, el Consejo de Gobierno andaluz impuso a Telefónica una sanción por realizar publicidad engañosa, por introducir cláusulas abusivas en los contratos y por incumplir los requerimientos efectuados por la Administración.

Aumentos en Movistar Fusión

En relación con la primera de estas infracciones, el expediente tramitado por Consumo informa de que en el año 2012 Telefónica anunció por varios medios de comunicación el lanzamiento de un producto denominado Movistar Fusión, en el que para unas características del producto se publicitaba un precio fijo y "para siempre".

No obstante, a partir de mayo de 2015 la empresa empezó a cobrar 5 euros más al mes, tras anunciar una subida de tarifas.

Sobre la infracción relativa a cláusulas abusivas, en el contenido de las 'Condiciones particulares del servicio Movistar Fusión' se constataba la existencia de una cláusula en la que se determinaba que el incumplimiento por parte de la persona consumidora  del contrato, en cuanto a su permanencia de doce meses, daría lugar, automáticamente, al pago de 190 euros en concepto de penalización.

Sin embargo, no se establecía en las condiciones particulares del contrato qué coste tendría para la compañía romper o incumplir el contenido del contrato y, en justa correspondencia debería haber sido, al menos, del mismo importe repercutido al cliente si éste incumpliera sus obligaciones, es decir 190 euros.

Finalmente, en la realización de las actuaciones de inspección necesarias para la constatación de los hechos presuntamente infractores se formularon varios requerimientos de información y documentación a la entidad expedientada, sin que ésta atendiera el contenido de los mismos.

Sanción a Telefónica

En el proceso sancionador impuesto por la Junta se procedía, además, al cálculo del beneficio ilícito obtenido por la empresa, cuantificado en 5.360.485,129 euros.

Sobre este aspecto, la sentencia del TSJA determina que mediante un procedimiento de ejecución de la misma se deberá concretar la cuantía definitiva, porque entiende que el período de cálculo tomado por la Administración no es correcto.

El sector de las telecomunicaciones es uno de los que aglutina mayor número de quejas y reclamaciones en la comunidad autónoma.

Durante el año pasado se tramitaron 4.788 reclamaciones relacionadas con estos servicios.

Críticas de los consumidores

Las sanciones de la justicia andaluza se producen cuando la compañía se dispone a subir de nuevo los precios. Este lunes se informó de que los paquetes de Fusión 0 y los de Total y Total Plus van a registrar aumentos a partir de julio.

Ya se han producido las primeras reacciones ante estos planes por parte de las organizaciones de consumidores. FACUA ha reclamado al Gobierno un cambio regulatorio para imponer a las compañías que no puedan encarecer sus precios hasta un año después de que los servicios sean contratados o renovados.

La asociación critica en un comunicado que las administraciones no tomen medidas ante el constante encarecimiento de precios y la inseguridad que provoca que no se garantice la tarifa contratada durante un periodo mínimo. "Esta variación de precios obliga a los consumidores a estar continuamente comparando ofertas y cambiando de compañía, en un esfuerzo constante de vigilancia y de intranquilidad por la falta de garantía de mantenimiento de las condiciones firmadas en el contrato".

Otra sanción de 3 millones

Por otra parte, la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado también con 3 millones de euros a Telefónica por el incumplimiento de sus obligaciones en materia de coubicación en centrales cabecera.

En un comunicado publicado este martes, la comisión señala que, como mínimo desde 2012, Telefónica comenzó a hacer un uso indebido de algunas centrales que había declarado inviables (centrales en las que, en principio no se podían efectuar nuevos despliegues dada la falta de espacio).

"Se trata de unas cien centrales cabecera en las que Telefónica realizó el despliegue de su nueva red de fibra óptica sin que se procediera previamente a informar de ello a la CNMC y a los operadores alternativos", explica el texto.

El cumplimiento de las obligaciones de acceso, transparencia y no discriminación no impiden a Telefónica la renovación de su planta, señala la CNMC. De todos modos, a la hora de recuperar nuevos espacios para el despliegue de su red de fibra óptica, la forma correcta de proceder habría sido compartir con otros operadores la información sobre disponibilidad de espacios.

Al no realizar así el procedimiento, la comisión estima que privó a sus competidores de la posibilidad de planificar su despliegue teniendo en cuenta centrales susceptibles de uso, posibilidad con la que sí contó Telefónica porque ella sí está, en todo momento, en condiciones de conocer el estado de la central.

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